El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) expidió la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0075-RE, mediante la cual reforma la normativa sobre adjudicación gratuita, subasta pública y destrucción de mercancías.
Principales cambios:
- Se amplía el ámbito de aplicación de la normativa, incorporando las mercancías sujetas al procedimiento excepcional previsto en el artículo 204.1 del COPCI, es decir, aquellas almacenadas por más de un año bajo custodia aduanera.
- Se incorpora el concepto de “mercancías gestionables”, incluyendo no solo las mercancías abandonadas o decomisadas, sino también aquellas comprendidas en el nuevo procedimiento excepcional.
- Se prioriza la adjudicación gratuita a favor del propio SENAE y de las instituciones y empresas del sector público.
- La adjudicación gratuita podrá realizarse incluso cuando ya se haya iniciado un proceso de subasta pública, fortaleciendo el aprovechamiento estatal de las mercancías.
- En los procesos de adjudicación gratuita directa derivados de causas penales, ahora deberá notificarse también al ente rector de las finanzas públicas, además de la Fiscalía, Tribunal Penal y Contraloría General del Estado.
Nuevo procedimiento para mercancías almacenadas por más de un año. La reforma crea un nuevo Capítulo V: Proceso de adjudicación gratuita de excepción o subasta pública de excepción, que regula el destino de mercancías almacenadas por más de un año en bodegas institucionales, bodegas alquiladas o depósitos temporales.
Entre las principales etapas se encuentran:
- Elaboración mensual de inventarios de mercancías sujetas al procedimiento.
- Avalúo de las mercancías por parte de las áreas competentes.
- Publicación de tres avisos para que posibles titulares acrediten sus derechos.
- Otorgamiento de un plazo de 15 días para presentar reclamaciones.
- Si no se acreditan derechos, o si las mercancías no son retiradas en el plazo concedido, podrán ser adjudicadas, subastadas o destruidas, según corresponda.
- Los valores obtenidos en las subastas serán depositados en la Cuenta Única del Tesoro.
La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Además, el SENAE contará con un plazo de seis meses para realizar las adecuaciones tecnológicas y documentales necesarias para su implementación.
Fuente: Registro Oficial


