El Presidente de la República expidió el 22 de septiembre de 2026, el Decreto Ejecutivo No. 508, mediante el cual resolvió, en su artículo 1, “Ratificar en todo su contenido el ‘Acuerdo de Cooperación entre la República del Ecuador y la Soberana y Militar Orden Hospitalaria de San Juan de Jerusalén de Rodas y de Malta’.
El instrumento internacional fue puesto en conocimiento de la Corte Constitucional mediante oficio No. T. 403-SGJ-26-0226, de 29 de mayo de 2026, conforme al artículo 109 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Mediante dictamen No. 5-26-TI/26, de 16 de julio de 2026, la Corte resolvió que el acuerdo “no se encuentra incurso en los presupuestos del artículo 419 de la Constitución, por lo que, para su ratificación, no requiere aprobación legislativa”.
De acuerdo con los considerandos del decreto, el acuerdo fue puesto en conocimiento de la Asamblea Nacional mediante oficio No. T. 403-SGJ-26-00354, de 31 de agosto de 2026, en observancia del artículo 418 de la Constitución. La ejecución del decreto se encarga al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, y la norma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Fuente: Presidencia de la República


